Comprobación de la situación del inmueble por el comprador
Comprobación documental de la situación jurídica del inmueble. Una vez hecha la comprobación física, se debe realizar una verificación de la situación registral del inmueble; es decir: consultar en el Registro de la Propiedad la existencia o no de algún condicionante sobre el inmueble a adquirir, cargas o gravámenes o limitaciones del derecho de libre disponibilidad que pueda perjudicar el disfrute del mismo. Si existe alguna de esta circunstancia, es aconsejable que te asegures ante un profesional, antes de efectuar la compra y de no ser posible, tener perfecto conocimiento sobre el alcance de las mismas. La comprobación se realiza acudiendo al Registro de la Propiedad donde se encuentre el inmueble para solicitar en ventanilla una Nota Simple. No obstante, el notario, en el momento de la escritura te advertirá de las cargas y gravámenes que presenta el inmueble. ¡Presta especial atención a la lectura y no olvides preguntar en caso de duda!
En el Ayuntamiento puedes comprobar si el inmueble se encuentra afecto de modo desfavorable por algún plan urbanístico proyectado y si cumple las exigencias de los planes urbanísticos en vigor, así como si está al corriente en el pago de los tributos o contribuciones que gravan directamente el inmueble y en las que tras la compra del mismo puede quedar subrogado de forma subsidiaria.
En la comunidad de propietarios puedes enterarte de las deudas en concepto de comunidad, si bien el notario requerirá del vendedor un Certificado firmado por el presidente en el que se hará constar las deudas pendientes.
En las compañías suministradoras de agua, luz y gas obtendrás información acerca de si existen pagos pendientes por estos conceptos. A veces resulta más económico sufragar las deudas del propietario anterior que promover un alta nueva.